martes, 20 de julio de 2010

Analisis De Derechos Humanos

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Parte I


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Parte III



martes, 27 de abril de 2010

Linea Del Tiempo Poblaciones Vulnerables


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Parte I


Parte II


Parte III


Parte IV


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miércoles, 21 de abril de 2010

Gupos Vulnerables por Juan sebastian Bahamon

Índice
1. Introducción grupos vulnerables (Desplazados)
2. Contenido y tema central.
a) Organismos que protegen a la población vulnerable.
b) Marco legal a nivel nacional e internacional acerca del grupo vulnerable.
3. Conclusiones generales del tema.
-En referencia al grupo vulnerable mencionado.
4. Bibliografías.




Introducción
Teniendo en cuenta que en Colombia existen un gran número de grupos vulnerables por razones económicas, sociales ,entre otros; se contemplan grupos como los indígenas, las mujeres, los niños, desplazados, etc.; principalmente nos centraremos en el grupo de los desplazados teniendo en cuenta su situación social y la protección nacional e internacional que les otorga en su caso de vulnerabilidad, así analizaremos su problemática y daremos a concluir si ciertos organismos naciones e internacionales les protegen de forma regulada o en otro caso si este grupo vulnerable se encuentra anexo ante las políticas de protección social en el mundo.



Contenido: Grupo vulnerable-los desplazados en Colombia
En Colombia los desplazados son uno de los grupos en mayor estado de vulnerabilidad y considerados entre los mas numerosos, este grupo humano a entrado en dicho estado ya sea por razones de vilolencia o pobreza, por esto mismo se busca que el estado y derechos internacionales protejan a dicho grupo de forma regulatoria y bajo un margen de ciertas leyes que les den derechos y cubran sus necesidades.
Constitución Política de Colombia
Siendo así podemos contemplar a nivel nacional la Constitución política de Colombia, como una primera instancia donde podemos verificar si esta efectivamente cumple con la labor de brindar protección y derechos a el grupo desplazado en este caso, tal y como dice el articulo 13 de la constitución política nacional “todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozaran de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara medidas a favor de grupos discriminados o marginados”, dicho así por la constitución se entiende que el estado esta comprometido a proteger y promover los derechos de grupos marginados en este caso de los desplazados, es decir dicho grupo deberá contar con el apoyo del estado y sus garantías de mejoramiento y beneficio a favor de su estado de vulnerabilidad.
Leyes a favor del grupo vulnerable desplazados
-Los desplazados forzados tienen derecho a solicitar y recibir ayuda internacional y ello genera un derecho correlativo de la comunidad internacional para brindar la ayuda humanitaria. El desplazado forzado gozará de los derechos civiles fundamentales reconocidos internacionalmente. El desplazado y/o desplazados forzados tienen derecho a no ser discriminados por su condición social de desplazados, motivo de raza, religión, opinión pública, lugar de origen o incapacidad física. La familia del desplazado forzado deberá beneficiarse del derecho fundamental de reunificación familiar.
- Articulo 13 de la constitución política de Colombia.
-Derecho fundamental a la reunificación familiar
- Que su libertad de movimiento no sea sujeta a más restricciones que las previstas en la ley.
- Gozar de los derechos civiles fundamentales reconocidos internacionalmente.
D.D.H.H dirigido a el grupo vulnerable-desplazados
Así mismo como lo contempla la constitución política de Colombia, los derechos humanos estrictamente van dirigidos a la protección y ayuda a grupos discriminados o marginados, en nuestro caso los desplazados deberán ser favorecidos por todos los estamentos nacionales que puedan aportar a su mejoramiento de vida y el cumplimiento de sus respectivos derechos según como lo contemple la constitución nacional, así mismo se busca que a través de los derechos humanos este grupo sea considerado como vulnerable y no sea excluido de este rango, para que así la protección de este grupo sea confiable y garantizada por el mismo estado.
DIH a favor de grupos desplazados
Teniendo en cuenta los estamentos que rigen al derecho internacional humanitario, los grupos desplazados forman parte de las normas y derechos que otorga el DIH pues dichos grupos que han sido desplazados a causa de hostilidades (desplazados por la violencia), se les garantizara su cumplimiento absoluto de sus derechos y así mismo se velara por su bienestar y protección durante su estado de vulnerabilidad hasta que se halla logrado su estabilidad y o mejoramiento haciendo cumplir al estado con dicha responsabilidad.
Conclusiones generales (desplazados)
Se puede decir que los diferentes sistemas que garantizan la protección de grupos vulnerables ya sean nacionales o internacionales contemplan correctamente, grupos en nuestro caso los desplazados, que son un grupo numeroso y creciente debido a la constante violencia que azota en el país o la misma pobreza que crece a veces de forma “descontrolada”, por lo cual deduzco que aunque no se pueda negar que la constitución y diferentes leyes protejan en cierto modo a estas personas, se pueda decir que existe una garantía total de que estas se cumplan, pues en gran cantidad de casos dichas normas se ignoran o no se cumplen de forma adecuada, principalmente a causa de la desinformación o falta de regulación de las autoridades, por lo cual un grupo como los desplazados en dicho estado de “debilidad” debe ser una prioridad puesto que su situación económica o social no le permite vivir de forma digna o en condiciones básicas y mientras siga existiendo estos grupos solo aumentaran pues al no erradicar dicha situación solo serán un medio de producción de pobreza y miseria, mientras que si se regulara de forma correcta cada uno de las instancias que garantizan su protección, seguramente mejoraríamos la calidad de vida de la población y se detendría la creciente de miseria nacional, por lo tanto afirmo que los sistemas nacionales cumplen con su labor de hacer entender los derechos y deberes estatales, pero aun así sigue existiendo falta de regulación y de mayores garantías que supongan poder mejorar la situación de los desplazados de el país.
Bibliografías
-Constitución política de Colombia.
-
http://www.casanare.gov.co/index.php?idcategoria=2811
-http://www.defensoria.org.co/red/?_item=040503&_secc=04&ts=1-http://www.icrc.org/web/spa/sitespa0.nsf/iwpList2/Humanitarian_law

jueves, 8 de abril de 2010

Niños Como Poblacion Vulnerable!

A Manera Personal He Decidido Subir Mi Trabajo Sobre Los Niños, Por que Lo Considero Importante, Aunque Posteriormente Subiremos El Trabajo Respectivo Sobre Los Desplazados Y La Poblacion LGTB.
By, David Celeita



Introducción:
Se Definirá Como “Niño” A Cualquier Persona Menor de Edad, Osea Menor de 18 Años; En Colombia; Se Ratifico Lo Acordado en la Convención Sobre Los Derechos De Los Niños En 1989 En La Constitución Política Nacional Vigente Desde 1991, Donde Se Reconocen Todos Los Derechos Aprobados Para Los Menores de Edad.
Los Únicos Países Que No Han Ratificado Estos Derechos Son Estados Unidos (Por Su Extensa Investigación En El Tema Antes de Ratificar, Además De la Dificultad para Elegir) y Somalia (Por Falta de Un Gobierno Definido)
Luego De 1991, En Colombia, Se Han Convertido En Fundamentales Los Derechos de Los Menores; Aduriéndose A Los Tratados Internacionales.
Se Define Que Los Niños No Son Propiedad De Nadie, Ni De Sus Padres, Pero Estos Serán Los Encargados Por Obligación De Darle Lo Fundamental Para Vivir. Si Algo Sale Mal Con Un Menor de Edad, Todo El peso Recaerá En Sus Padres, Tutores o Representantes Legales. Aun Siendo Que Los Niños No Son De Nadie, Sus Padres Si Deben Exigirles Un Mínimo De Condiciones, Siendo Ellos Quienes Velan Por Los Niños, Teniendo El Poder De Ordenarles Que Hacer, Siempre Y Cuando Se Encuentre En Su Jurisdicción, Por Ejemplo, Los Padres Tienen El Derecho Y Deber De Exigirles Buenos Resultados Académicos; En Lo Que Surge Controversia Es En El Método En Que Los Padres Exigen Esto a Sus Hijos.



 Contenido:
Cuál Es La Población Vulnerable A Tratar?
Los Niños, O Menores De Edad; Tomando En Cuenta De Que Aun Existiendo Leyes Nacionales e Internacionales, No Todos Los Menores Gozan De Los privilegios Que Algunos Gozamos, Siendo Elementos Fundamentales Para Poder Vivir, Y Desarrollarnos, Viviendo Todas Las Etapas de La Vida, A Un Ritmo Normal.
A Partir De 1991 En Colombia Paso a Convertirse A Los Menores De Edad Como La Población Mas Importante, Por la Que Mas Se Velara Por que Se Cumplan Sus Derechos y Garantías. En Un País Donde 18 Millones De Personas, Aproximadamente, Son Menores De Edad, Esto Es Algo Importante, Una Tarea Difícil De Cumplir, Si Se Tiene En Cuenta Que Aplica Para Todos y Cada Uno De Los Niños y Niñas Del País, Sin Excepción Alguna.
La Población A Tratar, Niños y Niñas, Corresponden Desde EL Primer Mes, Hasta Cumplidos Los 18 Años, Siendo Mas Bien Derechos De Los Niños, Niñas y Adolecentes.


Normas Sobre La Población A Tratar:
Los Derechos De Los Niños Se Encuentran Normativizados, En Colombia, Básicamente En La Constitución Política Nacional, La Convención De Los Derechos Del Niño, Los Derechos Humanos, Y El Código De La Infancia y Adolescencia (Ley 1098 De 2006)
Constitución Nacional Política De Colombia:
“ARTICULO 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.”
Derechos De Los Niños Y Adolecentes (Reunión DDHH, Derechos Del Niño y el Código De Infancia y Adolescencia. Dado Por el ICBF)
  • Derecho a la vida con calidad y un ambiente sano.
  • Derecho a la integridad personal: a la protección contra toda forma de maltrato o abuso cometidos por cualquier persona.
  • Derecho a la rehabilitación y a la socialización: garantizarle los derechos a los niños, niñas y adolescentes que hayan cometido un delito.
  • Derecho a la protección contra el abandono físico, afectivo, la explotación económica, sexual, la pornografía, el secuestro, la trata de personas, la guerra, los conflictos armados internos, el reclutamiento y la utilización por parte de grupos armados al margen de la ley, la tortura, la situación de vida en calle, el desplazamiento forzoso, las peores formas de trabajo infantil y las minas antipersonas.
  • Derecho a la libertad y seguridad personal: no podrán ser detenidos ni privados de su libertad los niños, niñas y adolescentes, salvo por las causas que contempla el Sistema de Responsabilidad para Adolescentes.
  • Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella.
  • Derecho a la custodia y cuidado personal: es obligación de los padres y adultos responsables de los niños.
  • Derecho a los alimentos, todo lo que requiere el niño, niña o adolescente para su desarrollo integral: alimentos, vestido, habitación, educación, recreación y salud.
  • Derecho a la identidad: deben ser inscritos en el registro civil de nacimiento.
  • Derecho al debido proceso: seguir las etapas que establece la Ley para los niños, niñas y adolescentes víctimas o partícipes de un delito.
  • Derecho a la salud: ninguna entidad prestadora de servicios de salud puede negarse a atender a un niño o niña.
  • Derecho a la educación.
  • Derecho al desarrollo integral en la primera infancia: los niños de 0 a 6 años deben ser atendidos en servicios de nutrición, ser protegidos contra peligros físicos, y tener el esquema completo de vacunación.
  • Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes.
  • Derecho a la participación de los niños, niñas y adolescentes.
  • Derecho de asociación y reunión.
  • Derecho a la intimidad: serán protegidos de todas las acciones que afecten su dignidad.
  • Derecho a la información.
  • Derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar: la edad mínima para trabajar es de 15 años con autorización de un Inspector de Trabajo.
  • Derecho de los niños, niñas y los adolescentes con discapacidad.

Por Que Se Considera a Los Niños Población Vulnerable?
Aun Existiendo Tantas Normas En El Ámbito Nacional e Internacional Que Aseguran La Protección De Las Condiciones De Vida Mínimas A Los Menores, De Hecho No Solo Se les Asegura Lo Mínimo, También Se les Debe Asegurar Lo Básico, Como Lo Es Tener Vivienda Donde Dormir, Comida Con la Cual Crecer, Y Estudio Para Prosperar.
Aun Con Todo Esto, Somos Una Población Vulnerable, La Más Vulnerable En El País, No Solo Por Nuestra Condición De Encontrarnos En Apenas Desarrollo Físico, Lo Que Por Fisionomía Nos Hace Mas Débiles, Si No También Porque Algunos Abusan De Nosotros, Creyendo Que Por Ser Menores, Nos Pueden hacer Lo Que deseen, Existiendo Por Ejemplo El Trabajo Infantil; Aun Con Todas Las Campañas Adelantadas Pro Los Medios, Existen Menores de Edad En Condiciones De Vida Pésimas, Comenzando Por Los Desplazados, Que Ni Casa, Ni Estudio, Ni Mucho Menos Comida.
Desde Este Punto De Vista Se Entiende A Los Niños Como Población Vulnerable, No A Todos Los Niños, Pero Si A Una Parte Considerable.


Conclusiones:
Todas Las Leyes Aprobadas y Ratificadas Por El Gobierno Hacen ver a Colombia Como Un País Sin Ningún Problema Social, Respecto a Los Menores De Edad, Siendo Esto Completamente Falso, Lamentablemente Son Muchos Los Menores de Edad, Y Muy Poco El Control Ejercido Para Controlar que Se Cumpla Lo Que Está Escrito en las Leyes, Quedando Como El Comunismo Científico De Marx, Solo Ideas Buenas En EL papel, Que Dependiendo Del Contexto No Podrán Ser Aplicadas; Por Ejemplo No Es La Misma La Condición De Un Niño Hijo De Padres Empresarios, A El Hijo De Padres De Clase Media, A El Niño De Padres De Clase Baja (Desafortunadamente La Mayoría En El País), A El Hijo De Padres Paupérrimos (Que Viven En la Miseria Absoluta).
Quizás El Gobierno Debería Ejercer Mucha Más presión para Controlar Esto, Aunque ya se Ha Hecho Bastante Con la Construcción y Dotación De Colegios Oficiales En Muchas Ciudades, Pero En Este Proceso Se Descuida Al Campo, Por Ejemplo; Aunque Si Se Sigue Por el Camino Que se Va, Pronto Las Condiciones De Los Menores Cambiaran.
Otro problema No Es Del Gobierno, Si No De LA Sociedad, Por Considerar Inferiores A Los Menores, Existiendo El Trabajo infantil; O Desechando Las Ideas Propuestas Pro Nosotros, Entre Otros.
Entonces No Solo Se Necesita Un Mayor Control Por parte Del Gobierno, También Se Necesita Un Cambio De Mentalidad En Los Adultos De La Nación; Todo Para Que Pronto Lo Propuesto En las Leyes No Sea Teórico, Sino Practico.

Bibliografía:
o  Autor De Mi Propio Trabajo

Ok

lunes, 29 de marzo de 2010

Grupos Vulnerables!

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